La factura electrónica obligatoria ya tiene reglamento: qué dice el RD 238/2026
14 de abril de 2026 — El Real Decreto 238/2026 desarrolla la factura electrónica entre empresas y profesionales: solución pública de la Agencia Tributaria, obligación de comunicar el pago de cada factura y un calendario que todavía no ha empezado a contar.
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4/14/20262 min leer
El Real Decreto 238/2026, de 25 de marzo, se publicó en el BOE el 31 de marzo y desarrolla por fin la factura electrónica obligatoria entre empresarios y profesionales que la Ley 18/2022, de creación y crecimiento de empresas, dejó pendiente hace casi cuatro años.
Conviene empezar por lo que más tranquiliza: el reglamento entra en vigor a los veinte días de su publicación, pero su aplicación efectiva queda aplazada hasta que se apruebe la orden ministerial con las especificaciones técnicas. Hasta entonces, el calendario no empieza a contar.
Qué calendario
Desde que se apruebe esa orden los plazos son escalonados: doce meses para las empresas con un volumen de operaciones superior a ocho millones de euros, veinticuatro meses para el resto de obligados y treinta y seis meses para las personas físicas y las entidades en régimen de atribución de rentas.
La solución pública
El reglamento crea una solución pública de facturación electrónica gestionada por la Agencia Tributaria, que estará disponible al menos dos meses antes de que la obligación sea exigible. Quien prefiera una plataforma privada podrá usarla, pero deberá remitir en paralelo una copia de cada factura a la solución pública en formato estructurado.
La parte que más cambia el día a día
La novedad que menos se comenta es la que más trabajo dará: habrá que comunicar el pago efectivo de cada factura. No basta con emitirla; hay que informar de cuándo se cobra. El objetivo declarado de la ley es combatir la morosidad, y el efecto práctico es que los plazos de pago de cada empresa dejan de ser información privada.
Verifactu es otra cosa
Merece la pena repetirlo porque la confusión es constante. Verifactu regula cómo debe comportarse el programa de facturación de cada empresa y su calendario es 2027. La factura electrónica obligatoria regula cómo se intercambian las facturas entre empresas, y su calendario depende todavía de una orden ministerial. Son dos obligaciones distintas que acabarán conviviendo.
Qué conviene hacer ahora
Nada urgente, y eso también es una decisión. Lo razonable es preguntar al proveedor del programa de facturación qué plan tiene y en qué versión, y evitar contratar soluciones a precio de urgencia por una obligación cuyo reloj todavía no ha empezado.
En Ai-Economy seguimos la tramitación de la orden técnica y avisamos a nuestros clientes cuando haya fecha real, no antes.
Fuente: Real Decreto 238/2026, de 25 de marzo (BOE de 31 de marzo de 2026).
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